¿En qué consiste la nueva propuesta de modificación del
objeto de la criminología?
“La problematización del objeto de la Criminología y del
propio saber criminológico refleja un profundo cambio o crisis del modelo de
ciencia (paradigma) y de los postulados hasta entonces vigentes sobre el
fenómeno criminal.” (Berducido, s.f)
Se habla de una totalmente nueva iniciativa en el objeto de
análisis de la criminología debido a que como comprendemos el delito, el
delincuente, la víctima y el control social posiblemente por el momento no son
suficientes para entender la criminalidad. Habitualmente con dichos objetos de
análisis se puede notar a la criminología como una ciencia que se fundamenta en
el análisis absoluto de dichos recursos, donde vemos al criminal como un ser
personal, el delito como exclusivo y la victima como una sola dejando de lado
el análisis colectivo del delito, falta expandir el objeto de análisis hacia
problemáticas globales, colectivas, entre otras, que apoyen agrandar la
perspectiva de la criminología.
En sus inicios históricos la
criminología seleccionó como objeto de análisis, realizando además honor a su
nombre, a la criminalidad y a los criminales. Podría ser, entonces, una ciencia
del comportamiento que tendría por objetivo analizar las razones del
comportamiento criminal. Frente al planteamiento anterior, aunque ya habían
sido introducidas algunas voces críticas, terminó mencionarse un estudio que
advirtió que no existían comportamientos que fueran criminales, o sea, que
tuvieran dicha naturaleza, pues el etiquetar el comportamiento de un sujeto
como criminal era resultado de una definición política. Pero a pesar de que
ciertamente las definiciones sobre criminalidad emergen de la operación del
control penal, y que la adjetivación de ciertos comportamientos y personas como
criminales es un resultado de las intervenciones del control penal, aquello no
desea mencionar que no logren ser estudiadas las ocupaciones sociales. Aquellos
estudios estarían aplicados al examen de la divergencia social de interés
penal, o sea, de actividades sociales libres de valoraciones, adjetivos o
juicios de costo subjetivos. Si tal ejercicio no pudiera ser acometido, no
fuera eficaz, no incidiera en el diseño de las políticas, podría ser como
mencionar que la sociología no puede emprender el análisis de las ocupaciones
sociales.
Para la Criminología el delito se
muestra, frente a todo, como problema social y comunitario, caracterización que
pide del investigador una cierta reacción (empatía) para aproximarse al mismo.
Sin embargo, los dos postulados necesitan cualquier comentario. El crimen ha
merecido toda suerte de conceptuaciones a causa de filósofos, moralistas,
sociólogos, políticos. La Criminología ha de contemplar el delito no solamente
como comportamiento personal, sino, más que nada, como problema social y
comunitario, entendiendo esta categoría acuñada en las ciencias sociales según
su acepción procedente, con toda su carga de enigma y relativismo.
La criminología clásica a
bastante más de nombrar a los criminales, a menudo cita a las víctimas como
parte de su objeto de análisis. La definición de víctima o la de afectado es
consecuencia de la mediación del control penal, además es una postura de
estatus adjudicada, y en aquellos términos tendría que ser examinada en el
elemento del control social penal. A partir del punto de la divergencia social,
las dos piezas son divergentes, y ambas son estudiadas al analizar la
divergencia. Las definiciones de una como criminal, algunas veces de las dos
piezas, y de la otra como víctima, aparecen luego con la participación del
control penal. En cuanto al control social penal, éste está referido a las
instituciones, prácticas y políticas que pretenden obligar o mantener un cierto
orden social, que regula las interrelaciones sociales, mediante artefactos o
medidas penales. Esto no únicamente comprende al derecho penal, que es apenas
uno de los instrumentos que usa. El control penal añade 2 monumentales fases,
la dedicada a la construcción de las herramientas de control, ejemplificando,
en la actividad del legislativo para la expedición de reglas penales o en la de
otros poderes del Estado para conceptualizar políticas penales; a la que añade
la fase de aplicación de las medidas de control penal.
La riqueza de un objeto de
estudio planteado en los términos expuestos permite examinar aspectos muy
diversos, pero claramente pertinentes y relevantes para conocer en forma
integral los componentes específicos que informan ese objeto. Esto, de hecho,
ya se está haciendo de diversas formas, aun cuando muchas veces no de forma
articulada, como tampoco sistemática. Sin embargo, se trata de un camino por
construir. Las sociedades latinoamericanas profundamente desiguales, donde
predomina la exclusión social y los sistemas penales han sido utilizadas de
forma altamente discriminatoria para favorecer a las élites, demandan de un
análisis crítico de los procesos de criminalización. Se trata también del uso
extensivo, con un fuerte acento represivo de los aparatos de control penal. Es el
derecho penal máximo, combinado con un uso populista de la criminalización. Así
mismo, otros comportamientos que podrían ser gestionados en escenarios
jurídicos y sociales distintos, prosiguen percibiendo un tratamiento penal.
Todo lo mencionado anteriormente pide,
no únicamente una revisión de los criterios y pautas en temas de
criminalización, sino el análisis de las maneras de divergencia social. Por
ende, los estudios sobre el control penal y la divergencia social, ambos
enormes elementos del objeto de análisis de la criminología necesitan de un
desarrollo constante que, en lo viable, abarque de forma simultánea las dos
facetas, dadas las interrelaciones de recíproca predominación que conservan,
según ha sido explicado en apartado anterior.
Bibliografía:
Berducido, H. (S.F). EL OBJETO DE
LA CRIMINOLOGIA: DELITO, DELINCUENTE, VICTIMA Y CONTROL SOCIAL.
Obtenido de: EL
OBJETO DE LA CLIMINOLOGÍA: DELITO, DELINCUENTE, VÍCTIMA Y CONTROL SOCIAL
(uned.ac.cr)
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